¿Cómo se calcula la pensión de viudedad en caso de divorcio?

Una de las cosas que más se preguntan las parejas que están por divorciarse (especialmente, aquellas que han compartido por muchos años la convivencia matrimonial) es ¿qué sucederá con la pensión de viudedad? Ya que en muchas ocasiones, se piensa que este derecho podría suprimirse posterior al divorcio.

Lo primero que debemos entender, es que la pensión de viudedad es el beneficio monetario que un cónyuge posterior a la pérdida de su pareja, recibe cómo asistencia social para la manutención en ausencia de este. Ahora, ¿Cómo se calcula la pensión de viudedad en caso de divorcio? Descúbrelo a continuación.

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¿Cuánto es la cuantía de la pensión de viudez?

Para poder ser merecedor de esta pensión, el ex-cónyuge fallecido debió haber cotizado al menos 500 días en el seguro social, 5 años antes de la muerte salvo que esta fuera por causa fortuita o accidente, pero estuviese recibiendo una pensión compensatoria.

En España las tazas de cotización se encuentran entre las más altas de solicitud y utilización. Esto evita que suba descontroladamente en la población de tercera edad, casos de desprotegidas o en situaciones precarias de vida, inclusive la indigencia.

Este beneficio debe ser respaldado por requisitos que tanto quién lo cede cómo quién lo recibirá deberán cumplir cómo pautas para poder optar a esta ayuda gubernamental.

En el caso de divorcio es un poco más complicado, ya que no se debe a la muerte del anterior cónyuge, por el contrario, se manifiesta por la anulación del matrimonio.

Este beneficio a expensas de la acotación anterior, sólo puede ser otorgado mediante un juicio al momento de la dictarse la sentencia de separación y los términos en que esta concluirá. Y quedará a reflexión del juez de familia su aprobación.

Esta pensión no es inamovible, puede ser suprimida si el cónyuge que obtuvo la pensión posterior al divorcio vuelve a casarse o mantener una pareja. Es decir, no podrá volver a contraer nupcias si espera mantener este aporte económico.

A efectos contables, lo normal se registraría de la base reguladora del causante (quién estuvo cotizando) al menos el 52% de esta. Pero, puede acatar otro porcentaje si aplica que la persona tenga condición discapacitada, pase de los 65 años o especialmente no perciban ninguna otra compensación pública.

Existen otros, menos agravados cómo sí el beneficiado(a) no tuviera ingresos superiores, de la cantidad de hijos en común (2 =5%, 3=10% y 4 en adelante=15%) o la espera de uno nuevo.

¿Cómo calcular la pensión de viudez por divorcio?

Primero, aquellos cónyuges divorciados podrán recibir una pensión de viudedad cuando estos sean acreedores de una pensión compensatoria al momento de recibir la sentencia divorcio o separación.

De esto dependerá el importe que recibirán por parte de la pensión, ya que está definirá el monto que se recibirá de la pensión de viudedad. Cuándo la pensión compensatoria sea mucho menor a lo que debería recibir por la pensión de viudedad, esta será reducida al monto del importe de la pensión compensatoria.

De lo contrario, por norma general se le concederá al menos el 40% de la base reguladora, mientras su ex-pareja no volviera a contraer nupcias. De ser el caso, se dividirían en partes iguales la pensión de viudedad entre ambas(os). Indiferentemente del monto total.

¿Cuáles requisitos debes cumplir para solicitar la pensión de viudez?

Para divorciados antes de 01/01/2008, tienen derecho a la pensión de viudedad, aunque no perciban la pensión compensatoria. Aquellos divorciados o separados a esta fecha que puedan constatar que desde que se dictó la sentencia, no ha transcurrido más de 10 años entre separación/divorcio a la fecha de fallecimiento del cónyuge.

Para divorciados después de 01/01/2008, la principal clausula es que hayan cumplido al menos 10 años. Entre otros requisitos está que tengan hijos en común y que supere los 50 años de edad el cónyuge que recibirá el beneficio.

Sin embargo, posterior a las actualizaciones de estas leyes, aunque no se perciban pensiones compensatorias, pero superen los 65 años de edad o tuvieron más de 15 años de matrimonio y no recibe otro tipo de pensión cómo ayuda, bien puede recibir este beneficio.

No serán necesarios requisitos en los casos dónde la mujer compruebe ha sido víctima de violencia de genero por parte de su ex-cónyuge, y esta tuviera separación o divorcio judicial. Entonces no será necesario límites de tiempo ni exigencias como percibir pensiones compensatorias, simplemente lo absorbería cómo apoyo e indemnización posterior.

Esta es la más defendida situación por la ley, además de los cónyuges que sean de edad avanzada. De esta manera se reintegra a la sociedad con un apoyo para sostenerse.

La mayoría de las parejas que terminan en divorcio pueden recibir esta pensión siempre que su ex-cónyuge estuviera cotizando y/o si estuviera recibiendo la pensión compensatoria. Las normativas reguladoras de la pensión de viudedad posterior al divorcio se encuentran establecidas en el Art 97 y 98 del Código Civil de España.

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