Los procedimientos de divorcios en el territorio español comprenden entre los términos a la sentencia, la división de los gastos de los cónyuges y más específicamente los gastos referentes a la vivienda familiar, el más complicado de ceder es el pago de las comunidades de propietarios. Ahora, ¿quién paga la comunidad del piso en caso de divorcio? Descúbrelo a continuación.
Cancelación de cuotas de la comunidad de piso en caso de divorcio
No es un concepto totalmente cerrado a una respuesta, bien es bastante diferente el juicio que puede hacerse de una provincia a otra y aparte en cada caso. Por lo tanto, es una de las discordias más grandes al momento de separarse.
Sin embargo, la cancelación de este gasto será para el cónyuge al que tiene adjudicado el uso y disfrute de la vivienda, independientemente que no sea el propietario del inmueble, se encuentra entre los gastos ordinarios que por su uso diario debe cubrir.
A estos aspectos se le miden por otras circunstancias, cómo la condición económica, cantidad de hijos cómo responsabilidades, discapacidad para laborar, entre otras que se medirían entre el porcentaje de 50% y 50% o diferente.
No obstante, de estas circunstancias o pequeños detalles que el juez tomaría en cuenta para sentenciar estos acuerdos, desde ya es importante decir que si pudiera resolverse por un convenio regulador simplemente sería más fácil para ambas partes, ya que durante el juicio no se da garantía de culminación rápida.
Dentro del listado de gastos a los que deba incurrirse por una propiedad, aún después del divorcio quedará reflejado según el acuerdo que los cónyuges mantengan al momento de la sentencia o los que en caso dudoso el juez determine en base a los hechos del caso.
Los gastos pertenecientes a las cuotas de comunidad de un piso en España suponen una división entre los gastos ordinarios y extraordinarios de una vivienda. Estos gastos ordinarios son aquellos que se asumen cómo parte del uso y mantenimiento del hogar, mientras que los extraordinarios son gastos inherentes a la comunidad, pero igual deben cubrirse.
Gastos derivados del uso
Son los gastos cotidianos con obligatoriedad de pago para el funcionamiento y convivencia dentro de la propiedad. Dentro de estos se encuentran el recibo de electricidad, la cancelación del suministro de agua, servicio telefónico, mantenimiento de áreas, entre muchos otros y es responsabilidad única del usuario que aloje en la vivienda.
Gastos inherentes a la comunidad
Estos son los gastos extraordinarios que, aunque no son comunes, son parte de la manutención de las áreas locales y fronterizas de la propiedad en cuestión.
Los más conocidos son el IBI (Impuesto de Bienes Inmuebles) y las derramas por remodelaciones de fachadas del edificio comunitario (que resulta en líos en los divorcios) y algún otro cómo el seguro o recolección comunitaria de basura a los alrededores del edificio.
La ley en cuanto a quién debe cancelarla, es lógicamente a quién tenga la titularidad de la propiedad y su cuantía cómo patrimonio.
En algunos casos, puede procederse a cancelar en partes iguales ya que se beneficia tanto el usuario de la vivienda cómo el dueño del activo ya que con las reparaciones sería el principal beneficiario de la revalorización del mismo si a futuro quisiera o pudiera venderse.
¿Si la casa es ganancial, quien debe pagar todas las cuotas?
Si la casa se ha adquirido durante el régimen de gananciales o ambos son titulares de la vivienda, todas las cuotas deben cancelarse por mitades.
Como parte de los gananciales, ambos tienen derecho y comparten obligaciones adquiridos en base a la titularidad del activo. En su defecto, si alguno no quiera presentar problemas con las cuotas de la comunidad y decida cancelarlo anticipadamente el 100% de esta, la otra parte está en la obligación de cumplir con el retroactivo del 50% a su ex-pareja.
Esto puede discutirse en un juicio no habiendo transcurrido más de 5 años del hecho, para ser exigido este derecho por parte de la otra parte.
También debe tenerse en cuenta las circunstancias económicas. Si alguno de ellos está imposibilitado para cubrir las obligaciones de la propiedad, pero el otro está en una situación mucho más holgada, el tribunal podría inclinarse a favor del más desamparado.
Los convenios reguladores por su parte en régimen de ganancias, mientras estos no vayan contra lo estipulado en las leyes, será intocable y de estricto cumplimiento con consecuencias penales si no se cumple con las demandas, al punto de ser retirada la propiedad y cedida al otro, aunque este fuera único propietario.
¿Quién designa la persona encargada de la cancelación del piso?
En el caso de divorcio, se dicta mediante sentencia del Tribunal Supremo. Queda responsabilizada la persona que vive en la localidad, en defecto que presente alguna de las limitaciones señaladas y se le impida la forma de pago del mismo.
También dependerá de si existe régimen de gananciales, separación de bienes u otras distinciones para separar los gastos de propiedades, previamente al lazo conyugal. Siempre ante la comunidad de propietarios el encargado de la cancelación será el dueño o titular de la vivienda, quién deba cancelar los gastos del piso.
Es necesario mantener un estricto cumplimiento de este deber y acordar preferiblemente mediante divorcio de mutuo acuerdo los términos de la repartición de las deudas, ya que en caso de no responder a tiempo, podrían ser embargados y perder la propiedad. Esperamos esta información fuera de gran aporte.