¿Quién paga el seguro del piso en caso de divorcio?

Inundaciones, eventos climáticos, robo y daños a la propiedad, son solo parte de los posibles escenarios que se plantean al adquirir un seguro de vivienda. La mayor parte de las parejas que han convivido en vivienda familiar, lo consideran como un requisito primordial.

Con los años se vuelve más valioso debido al patrimonio que adquieren ambos, y mantenerlo se convierte en una necesidad. No todas las viviendas en España tienen la obligación de contratar el servicio, aunque los arrendatarios de los pisos lo pueden exigir en algunas ocasiones, en especial a parejas jóvenes. Ahora, ¿quién paga el seguro del piso en caso de divorcio? Descúbrelo más adelante.

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Seguro del hogar ¿Quién lo paga al momento del divorcio?

En caso de ser un matrimonio donde ya se han adquirido hijos, hace aún más necesario esta garantía de protección. Por lo que aún después de divorciados, se mantiene el requisito de proporcionar esta seguridad para ellos.

La discusión bajo este punto comienza cuando deben repartirse el total de gastos, incluyéndolo. Si no se considera como una sobrecarga de responsabilidades, le corresponde a esta parte cancelar el seguro.

Existe una diferencia entre tener el título de la propiedad y el disfrute ella (que es la raíz de los desacuerdos). Se supone justo que el beneficiado sea solo el que cancela la póliza de la vivienda, pero no se considera así por el tribunal de justicia. Si en dado caso fueron por régimen de gananciales, deberán ser por cuotas iguales.

En su defecto, por ser un documento a cancelar en base a la titularidad, lo correcto es que sea cancelado por el dueño del piso o a nombre del propietario. Ya que para el asegurador no valen las diferencias familiares, al momento de presentarse algún inconveniente podría ser complicado verificar el pago.

Adicional a lo anterior, al ser portador de las propiedades de uno de los cónyuges, tiende a ser el más interesado en mantener el valor de esta vivienda sí, más aún si desea venderla llegando a un acuerdo en un futuro.

Esto puede considerarse si es un matrimonio que no involucra hijos, pero en caso de sí tenerlos, no será posible concretar ventas de propiedad ya que será considerado como vivienda familiar para asegurar el desarrollo de los menores. El juez apelara por su seguridad, por lo tanto, es probable que exija la propiedad para la disposición familiar.

En caso de que la vivienda sea parte de los bienes mancomunados, es decir, fue comprada en partes iguales, les corresponde a ambos la cancelación del seguro o al menos una proporción de esta, que dependerá de la diferencia de ingresos que ambos perciban.

¿Se puede llegar a un acuerdo con el ex para el pago del seguro?

Por supuesto, el caso de discusión sobre a quién le corresponde pagar se asume como exposición de opiniones mediante divorcio contencioso, pero fácilmente esto puede ser resuelto por convenio regulador.

Es lo que hace más sencilla la separación. Los cónyuges pueden llegar a un acuerdo sobre la repartición de los gastos, conscientes de sus posiciones y cuanto pueden aportar, ya que sería aún peor no tener contratado el servicio de la aseguradora e incurrir en pagos por reparaciones y eventos inesperados.

Otro asunto que puede tenerse a consideración son las ampliaciones del seguro, ya que el hecho de que uno lo cancele no implica que deba añadir objetos a la lista de la aseguradora sin conocimiento de la otra parte que le corresponde cancelarlo, ya que podría salirse del presupuesto que maneja.

Por lo tanto, un convenio regulador en estos casos sería ideal. Ambas partes deben cumplir en la brevedad posible, ya que el acuerdo no solo consta de palabras, este queda plasmado en documento formal, por lo que no pueden retractarse del acuerdo.

Normativas que estipulan el pago del seguro después del divorcio

En el capítulo III, acerca de los efectos de la nulidad del matrimonio, divorcio y separación legal, artículo 233-23, destaca la responsabilidad del gasto, exceptuando los comunes a quién tenga el uso de la vivienda: “en caso de atribución o distribución del uso de la vivienda, las obligaciones contraídas por razón de su adquisición o mejora, incluidos los seguros vinculados a esta finalidad, deben satisfacerse de acuerdo con lo dispuesto por el título de constitución”

Es decir, que al contrario de un convenio regulador donde ambas partes, cedan a un porcentaje para seguir cancelando el seguro del piso, le correspondería al titular de la propiedad el deber de seguir costeándolo.

Siempre es buen aporte tener un acuerdo con el cónyuge antes del divorcio y destacar las reparticiones de gastos ya que, en un proceso contencioso, aunque se pida la opinión de un tribunal, el fallo tendría muchas variables en salud, percepción de ingresos, división de las cargas de acuerdo a la custodia, entre otros.

Mantener el seguro es muy importante para los hijos ya que independientemente de las decisiones de los padres, su seguridad deber mantenerse en primer lugar en cuanto a estimado del convenio entre los gastos.

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