El término pensión proviene de la palabra pago, que a su vez se deriva del concepto de pesar o peso, referente a alguna situación no física, sino de conciencia en base a un hecho. Pero, ¿qué pensión hay que pasar en un divorcio? Aquí tienes más información.
Evidentemente, al pasar por un divorcio es un poco difícil aceptar algunas demandas que puede imponer el juez a cambio de dictar la sentencia. Muchas veces estás son accedidas en buen término debido a las pruebas y lógicas que puede sentirse de estás, pero mayormente son los casos en tribunal que no están de acuerdo o bien aceptan a pesar de no entender sus dictámenes.
¿Por qué tienes que pasar pensiones compensatorias a tu ex?
En su mayoría, las pensiones se refieren a fracciones alimenticias, que no son únicamente a alimentos, sino primeras necesidades como vestido, habitación, entre otros. Dependiendo de los involucrados al caso o las situaciones intermedias, el juez de familia demandará si es sólo para hijos, cónyuge o ambos.
A efectos de la ley se comete delito de abandono al dejar de abonar esta compensación por consecutivo (2 meses) y no consecutivo (intermitente en plazo de 4 meses)
Cómo se explica, depende del caso que se esté discutiendo. Las pensiones son parte de la repartición de bienes. Al momento de analizar los términos de un divorcio para dictar la sentencia, el juez estudia las circunstancias anteriores y futuras de ambos, para dictar una sentencia equitativa que no perjudique a una de las partes.
De tener hijos, la obligatoriedad es clara. Pero en el caso del cónyuge es más difícil de asimilarlo, especialmente cuando el divorcio va en contencioso o litigioso. Resulta que, en base a la repartición de bienes y justicia social, las pensiones compensatorias dependen de algunos factores que no puede eludirse como cónyuge, inclusive posterior a la sentencia.
¿Cuáles son las pensiones que tengo que dar a mi ex en un divorcio?
Las compensaciones dependerán de los factores involucrados. Como se explica antes, todo parte del conjunto de repartición de bienes y justicia social, eso significa que busca tener equilibrio al momento de dictar sentencia de divorcio y hacer lo posible para que ambas partes puedan continuar sus vidas por separado mucho más fácil.
Las compensaciones no son únicamente alimenticias, dependen de los involucrados y la cantidad de responsabilidades que tuvieran los cónyuges hasta la decisión de divorciarse y su ex-pareja fue una de ellas. Para permitirle continuar con su vida, este debe propiciar el apoyo que le corresponde por el tiempo de convivencia o el estado en que esta se encuentre cuándo decide entregarse demanda de divorcio.
En cuánto a las proporciones monetarias, para los hijos, el Art. 254 Código Civil de España expresa: “Los alimentos se fijarán por cada hijo, sin perjuicio de las personas establecidas en el Art. 251 del presente Código, en proporción a la capacidad económica de quien esté obligado a darlos y a la necesidad de quien los pide. Se tendrá en cuenta la condición personal de ambos y las obligaciones familiares del alimentante”
Entre las pensiones compensatorias de alimentos, se encuentran las siguientes en la lista:
Pensión compensatoria alimenticia
La pensión compensatoria alimenticia es la que se otorga al ex-cónyuge, mientras la pensión alimenticia si es únicamente para los hijos. Son dos términos distintos que entender al momento de la sentencia del juez.
La pensión compensatoria alimenticia comprende otros aspectos además de la alimentación (Art 142 C.C.) Se busca la estabilidad del ex-cónyuge con menor posibilidad económica, que mayormente es quién se queda a cargo de los hijos, de manera que no deba preocuparse más que por el bienestar de su progenie, hasta tanto pueda conseguir un ingreso personal o vuelva a tener pareja.
Hay que aclarar que incluso, cuando se comparte la tutela de los hijos, podría necesitar esta compensación porque, por ejemplo: uno de ellos jamás trabajó y sólo se dedicó al hogar, discapacidad o enfermedades que impiden trabajar o el ingreso de uno es mucho mayor al del otro.
Todos estos son aspectos que el juez de línea estudiará al momento de imponer monto y duración de esta pensión.
Pensión por estudio de los hijos
El Código Civil, explica al momento de la separación que ambos padres son responsables de la educación del menor y la procuraduría de que este tome el completo alargamiento de sus estudios hasta dedicarse a una labor o profesión.
La pensión por estudio de los hijos es aplicable aun cuando estos son mayores de edad, es comprobable que sólo se dedican a estudiar y no tienen la disponibilidad de tiempo para un trabajo, o presenta alguna discapacidad o imposibilidad (física o mental).
De esta forma, en proporción a los ingresos de ambos padres, si así fuere el caso que ambos perciban ingresos, el juez impondrá los porcentajes de participación de esta pensión.
Pensión por desempleo forzado
Este tipo de pensiones, van en caso de que algún evento de fuerza mayor que impida que el cónyuge afectado pueda seguir laborando y percibiendo sus ingresos personales. Entre estos pueden ser: un accidente, una discapacidad cognitiva o mental, enfermedades y dependiendo del caso, posiblemente embarazo.
En ese caso, esta parte de la unidad matrimonial al separarse quedaría desamparado(a) de la protección de su anterior pareja, sin posibilidades de sostenerse por sí solo. Por lo tanto, el juzgado decidiría de acuerdo a la economía del otro de manera única, temporal o permanente según se acuerde.
¿Se puede llegar a un acuerdo sobre la manutención con mi ex?
Sí. Cuando el proceso de divorcio es por mutuo acuerdo se puede utilizar el instrumento de compromiso, llamado convenio regulador.
En este manuscrito puede plantearse los términos a los que llegue con su anterior pareja y de esa manera al presentarse ante el tribunal, el juez estudiará las medidas y si parece ir acorde a la ley sus reparticiones y estas no afectan a ninguno (especialmente a hijos menores) procede a legalizarlo con notaria y darse a cumplimiento.
De igual forma, esto debe ser realizado previamente a ingresar la solicitud de divorcio ante el Tribunal de Familia, ya que debe acompañar a la demanda del mismo para procesarse.
Ante cualquiera de las anteriores, recomendamos hablar con su ex-cónyuge para plantear una solución y no sea necesario una orden del juzgado ya que esto conlleva a gastos innecesarios por las sesiones a realizar, honorarios, entre otros a que bien pueden ser ahorrados.