¿Qué es la pensión compensatoria en caso de divorcio?

La pensión compensatoria en caso de divorcio es un aporte monetario que se ejerce para fines alimentarios y se concede mediante la aprobación de un juez de familia. Los criterios para otorgarlos son especificados en el Art. 97 del Código Civil de España.

Ocurre mayormente cuándo uno de los cónyuges se encuentra en una condición diferente al otro, bien sea de salud o de edad, económica o social, creando una discrepancia entre ellos posterior al divorcio. Te vamos a explicar todo lo referente a la pensión compensatoria en caso de divorcio, de manera que estés preparado para reclamarla y percibirla.

pensión

¿Cómo se define la pensión compensatoria?

Es permitido por tiempos específicos o no, y puede ser revocada (Art 101 C.C Español). Los montos solo pueden fijarse y concederse en juicio o por convenio entre las partes (Art 100).

Este debe solicitarse previamente al divorcio o durante su ejecución para ser una posibilidad al momento de emitir una sentencia de divorcio dónde las directrices serán notariadas y por ende de estricto cumplimiento posterior a su emisión. En ningún caso, tendrá efecto al solicitarlo posterior al procedimiento.

La pensión compensatoria es un derecho monetario de uno de los cónyuges a percibir por parte del otro, como indemnización cuando se presenta la demanda de divorcio o quiebre del matrimonio, generando un desequilibrio financiero para el primero respecto a su situación en la relación que mantenían antes, este puede ser contando límite de tiempo o perpetuamente, en monto único o permanente.

¿Cuáles son los criterios para establecer la pensión compensatoria?

Cuando se refiere a criterios, involucra las razones que se tienen en cuenta a la hora de otorgar esta expiación a algún cónyuge y los detalles que se revelen durante el caso.

Acuerdos entre conyugues

La pareja bien puede por medio de la celebración de un convenio regulador común en un divorcio de mutuo acuerdo, conceder una pensión a su pareja en vista de los motivos que crea justo hacerlo bajo el conocimiento de la diferencia de vida que se le presentará a este otro, una vez se disuelva la sociedad conyugal. Cumpliendo los parámetros de lo que establece la ley.

“…En la resolución judicial o en el convenio regulador formalizado ante el Secretario judicial o el Notario se fijarán la periodicidad, la forma de pago, las bases para actualizar la pensión, la duración o el momento de cese y las garantías para su efectividad”. Según el Art 97 C.C. Español.

Es la manera más sencilla de llegar a un ajuste de ideas, pero requeriría que ambas partes se vean en condiciones emocionales estables para tomar consciencia de la posición de su ex-pareja. Una vez realizado el pacto, presentado ante el tribunal y notario es ineludible.

Edad y estado de salud

Respecto a la edad, sucede mucho en los matrimonios de tiempos muy prolongados. Se concede por los años del cónyuge o los cónyuges, especialmente el más afectado, al momento de la separación. Siendo imposible que el otro pueda conseguir un trabajo estable para manutención personal debido a que no tiene la edad para ser admitido en algún lugar laboral.

Lo mismo sucede en el caso de salud, representa una compensación financiera debido a las carencias de salud o falta de capacidades físicas o mentales para ejercer alguna labor para su propia manutención, bien sea por enfermedad o discapacidad (física o mental).

Dedicación pasada y futura a la familia

Se adjudica al ciudadano o ciudadana que estuvo encargado de la dedicación al hogar y los hijos cómo forma de ayuda para la sociedad conyugal y por tal motivo jamás tuvo un empleo o forma de ingreso, no percibiendo directamente dinero cómo patrimonio familiar, pero aportando a su manera.

Esto en más del 90% de los casos de divorcio es otorgado a mujeres que se han encargado de sus hogares (y seguirán haciéndolo al mantener la custodia de los hijos) y al tramitarse la separación, estas no tendrán fondos personales para mantenerse.

Se obliga mediante juicio al esposo a pagar un monto en específico y/o suministrarlo durante el mismo periodo de tiempo que pudieran haber estado juntos en la relación, como apoyo al hogar y aporte al patrimonio neto.

La pérdida eventual de un derecho de pensión

Entre los motivos de otorgamiento son la pérdida de algún tipo de pensión que conllevara al cónyuge a no tener una estabilidad económica al momento de recibir la demanda, y deba esperar un plazo indefinido para equilibrar sus necesidades, que antes era cubiertas parcial o totalmente durante el matrimonio.

Las necesidades de uno y otro cónyuge

Atiende a los mismos principios de la separación de bienes para tomar un juicio al respecto. Si uno de ellos se encuentra en situación desfavorable, y por motivo explicito alguno de estos tiene mayores gastos al otro o menores ingresos, el juez podría dictar mediante sentencia, la pensión compensatoria a favor de quién más requiera el beneficio.

Tipos de pensión compensatoria

Los tipos de pensión compensatoria atienden a los parámetros temporales en las que este beneficio será otorgado.

Dependen de lo que pueda presentarse ante un juez, como pruebas y lo que este decida en base a la estabilidad requerida por el cónyuge, sobre quién reincide la mayor parte del peso de la separación y el tiempo que este podría tomarle ejercer una labor para su propio mantenimiento personal. Para estos casos existen dos tipos:

La pensión compensatoria temporal, es la que se entrega como derecho por un tiempo definido hasta tanto el cónyuge que deba estabilizarse consiga los medios para hacerlo, mediante alguna labor o trabajo remunerado permanente. No siendo necesaria su vigencia más de 4 a 5 años, o incluso un pago único.

También está la pensión compensatoria ilimitada, se refiere al derecho de percibir de por vida un apoyo financiero por parte de su cónyuge, dependiendo del caso y a juicio de la corte, bien sea por la edad del separado. Aplica a los matrimonios de tiempos prolongados o donde uno de estos tuviera alguna discapacidad o enfermedad limitante.

Se deja en claro que este beneficio no puede exigirse, sino plantearse al juez para que este tome la voluntad de un juicio ordinario específico y emita un fallo al respecto. La pensión compensatoria si bien es un derecho de la separación de bienes, debe otorgarse por parte del juez del Tribunal de Familia encargado.

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